jueves, 16 de junio de 2022

Desde el lmperio y su departamento de Estado

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INJERENCIA INTERNACIONAL PARA DEFENDER A AÑEZ Y A LOS GOLPISTAS

Por Alvaro Flores Santalla

La sentencia es una resolución judicial con la que se da conclusión a la primera instancia, en un proceso, en este caso, penal. El derecho procesal penal contempla las impugnaciones que abren la segunda instancia, mediante el recurso de Apelación y la tercera instancia mediante el recurso de Casación, que se resuelven ante el Tribunal Departamental de Justicia y ante el Tribunal Supremo de Justicia, correspondientemente. Entonces el proceso denominado Golpe II contra Jeanine Añez aún no ha concluido, sólo se emitió sentencia en primera instancia. Proceso en el que se respetó el debido proceso y la defensa plena de la sentenciada, como lo afirmó el exrepresentante del Alto Comisionado de la Organización de Naciones Unidas (ONU) para los Derechos Humanos en Bolivia, Denis Racicot, a tiempo de reiterar que no le corresponden privilegios debido a que no respetó las normas.

Los abogados en sus estrategias de defensa, recurren a las distintas excepciones, incidentes y medios de impugnación que la norma adjetiva establece, sin embargo, saliendo del ámbito del derecho, también apelan a otras estrategias, sean mediáticas o políticas, para lograr sus objetivos. 

Recordemos que nuestra Constitución Política del Estado, con claridad meridiana establece a quién le corresponde un juicio de responsabilidades, y no es precisamente a quien haya asumido la presidencia de manera inconstitucional (Sin ser electa, sin estar en la línea de sucesión, sin jurar ante la Asamblea Legislativa). 

Es claro que no hay ningún vacío legal en la Ley 044, porque ésta se subordina a la CPE, entonces no existe duda respecto a qué norma aplicar por lo que no se puede invocar el principio “indubio pro reo” para querer beneficiar a Añez con un “Caso de Corte” como antes se denominaba; así mismo, por ningún motivo el Tribunal Constitucional Plurinacional podría emitir sentencias constitucionales alejándose de lo que dicta nuestra Constitución, es decir, querer forzar una interpretación para favorecer a la ex presidenta inconstitucional, con un juicio de responsabilidades que sólo  corresponde a presidentes constitucionales.

Recordemos también que la derecha política, la defensa de Añez y el Departamento de Estado de EE.UU., así como algunos personajes ya casi olvidados en la arena política boliviana, pero también algunas autoridades del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de Bolivia, han pedido e intentado justificar sin éxito, que a Añez le corresponde juicio de responsabilidades. Nótese que, el continuar con los juicios contra Añez por la vía ordinaria penal, no fue una decisión política, sólo fue una decisión de cumplir con lo que manda la CPE, tomando en cuenta que el Estado es el denunciante, bien pueden sus representantes reunirse y definir la observancia a la Constitución, a la que todos estamos sometidos y le debemos obediencia.

No es extraño que, en la línea de las estrategias no legales de la defensa de Añez antes mencionadas, coincidentemente con la llegada de García-Sayán en febrero pasado, la Sra. Añez se declaró en huelga. Sin embargo, lo que sí es extraño es que, cuando este personaje, García Sayan, estuvo en Bolivia, así como en su informe no se manifestó sobre el tipo de proceso de la ahora sentenciada, y ahora, desconociendo nuestra Constitución y su primacía, desde su cuenta de Twitter publica que le corresponde juicio de responsabilidades aunque ella se haya autoproclamado, aunque haya sido parte del golpe de Estado que rompió el orden constitucional, asumiendo así una posición abiertamente injerencista, como si el hecho de trajabar en un organismo internacional, le diera derecho a entrometerse en asuntos internos de los países, olvidando que somos un Estado soberano.

No creo que sea solamente la defensa de Añez la que haya urdido ese plan, sino operadores políticos ligados a los autores del golpe de Estado, con la intención de posicionar lo que ya se había descartado, juicio de responsabilidades para la ex presidenta golpista. Situación completamente riesgosa, pues de continuar con esa línea a la que se presta el Sr. García Sayán, la defensa de Añez no solamente evitaría que la sentencia sea ejecutoriada, ya sea en la segunda o tercera instancia, sino que pedirá la nulidad del proceso Golpe II y por tanto de la sentencia de 10 años, sentencia que reafirma el camino para juzgarla por la vía ordinaria, como corresponde, en los demás procesos judiciales, incluidas las masacres de Senkata, Sacaba y el Pedregal; beneficiando además a los coautores del golpe de Estado, que se reunieron en la Universidad Católica, pues ante la eventualidad de abandonar la vía ordinaria, pedirán la nulidad y archivo de los demás procesos. 

Hacer eco de aventuradas declaraciones de García-Sayán así como de la derecha golpista y EE.UU. es traicionar al clamor de justicia del pueblo boliviano. Insistir en juicio de privilegio para Añez es inconstitucional, ningún tratado internacional o declaración de Derechos Humanos dice que a los presidentes inconstitucionales, golpistas y autoproclamados, les ampara la normativa que es exclusiva para presidentes constitucionales.

Alvaro Adel Flores Santalla

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